Preguntas frecuentes

¿Qué es una vivienda de uso turístico?

Es aquella vivienda cuyo propietario la cede a terceros a cambio de un precio, por un período máximo de 31 días, dos o más veces al año. El titular de la actividad es el propietario de la vivienda, aunque su comercialización se pueda encargar a un gestor

¿Qué condiciones debe cumplir mi vivienda?

Para poder ser destinada a uso turístico, la vivienda debe cederse entera y cumplir las siguientes condiciones:

  • Disponer de la cédula de habitabilidad y satisfacer en todo momento las condiciones técnicas y de calidad exigibles a las viviendas en general
  • No puede ser ocupada con más plazas que las indicadas en la cédula de habitabilidad
  • Debe estar suficientemente amueblada y dotada de los aparatos y enseres necesarios para su ocupación inmediata, y en perfecto estado de higiene

¿Porqué es obligatorio regularizar el uso turístico de la vivienda?

La regulación en Cataluña establece que tienen la consideración de viviendas de uso turístico aquellas que son cedidas por su propietario, directamente o indirectamente, a terceros, de forma reiterada y a cambio de un precio, para una estancia de temporada, en condiciones de inmediata disponibilidad. La misma regulación requiere que todas las viviendas de uso turístico presenten la correspondiente comunicación previa de inicio de actividad ante el ayuntamiento competente. La Ley de Turismo catalana también establece que el número de inscripción en el Registro de Turismo de Cataluña de las empresas y los establecimientos turísticos debe constar en todo tipo de publicidad que los anuncie. En este sentido, cuando publicamos o anunciamos su propiedad en nuestra página web, incluimos el número de inscripción del Registro de Turismo en la descripción del alojamiento

¿Hay algún registro oficial de viviendas de uso turístico?

Sí, el Registro de Turismo de Cataluña (RTC). El RTC está adscrito a la Dirección General de Turismo de la Generalitat de Catalunya. El trámite de inscripción lo realiza de oficio la Dirección General de Turismo (DGT) a partir del traslado de la comunicación de alta de la actividad por parte del Ayuntamiento correspondiente. Desde este momento la vivienda de uso turístico dispone de un número de inscripción que lo identifica plenamente, a efectos legales. La Dirección General de Turismo notifica el número de inscripción de la vivienda de uso turístico a su propietario

¿Qué pasa si no se regulariza el uso turístico de la vivienda?

El ejercicio de la actividad tiene la consideración de ilegal. Esta situación de ilegalidad pone al propietario en riesgo de ser sancionado económicamente, con imposición de multas de importe elevado. La ilegalidad de la actividad supone, asimismo, una pérdida efectiva de competitividad ante las viviendas que sí están legalizadas y debidamente inscritas. La vivienda de uso turístico tiene que cumplir la normativa turística, en concreto, la Ley 13/2002, de 21 de junio de turismo de Cataluña y el Decreto 159/2012, de 20 de noviembre, de establecimientos de alojamiento turístico y de viviendas de uso turístico, así como las respectivas ordenanzas municipales

¿Me puedo encontrar con alguna restricción?

Sí. Puede estar prohibido por la ordenanza municipal de usos del sector donde se encuentre y/o por los estatutos de la comunidad, si están debidamente inscritos en el Registro de la propiedad, en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal

¿Qué documentación debe presentar en nuestra agencia?

  • Debe aportar la documentación (DNI, NIE ó Pasaporte) de los titulares de la propiedad
  • Escritura de la vivienda para verificar la propiedad
  • Cédula de habitabilidad; si la vivienda no dispone de cédula, pregunte a nuestros asesores cómo obtenerla

¿Cuántos juegos de llaves debo facilitar?

Es necesario entregar a la agencia un mínimo de 3 juegos de llaves de la vivienda y de las zonas comunes, un mando de garaje (si dispone de plaza de parking) y tarjetas de piscina y/o distintivos para todos los huéspedes (comunidades con control de acceso a la piscina por parte del socorrista o personal responsable del recinto)

¿Cuántos ingresos obtendré del alquiler turístico?

La ocupación de una propiedad depende de muchos factores: calidad, situación, equipamiento, servicios y precio entre otros. A fin de cuentas, son los huéspedes quienes eligen y reservan dónde disfrutar de sus vacaciones. Nuestra agencia no puede garantizar una cantidad determinada de ingresos, pero gracias a la amplia experiencia de que disponemos, podemos hacer una estimación de cuáles podrían ser sus beneficios. Si en el transcurso de la temporada detectamos que los resultados no son los esperados, elaboraremos un plan con el propietario para obtener buenos objetivos y lograr una óptima ocupación de la vivienda. Hay diversos motivos por los que un alojamiento puede que no logre una ocupación esperada, cómo por ejemplo, calidades básicas, un equipamiento poco atractivo, un precio elevado,…

¿Hay algún cargo inicial por parte de la agencia?

Grupo Inmobiliario Costa Dorada no le cobrará ningún importe adicional si usted nos entrega la vivienda en perfectas condiciones de limpieza y de mantenimiento. Corresponde al propietario entregar la vivienda en perfectas condiciones de limpieza, equipamiento y mantenimiento. La agencia valorará previamente la carencia de garantías del alojamiento para sus clientes informando al propietario de los costes adicionales cómo, por ejemplo: la limpieza general al inicio de temporada, compra de menaje, sustitución de mobiliario, reparaciones varias,... El propietario deberá cumplir estas obligaciones para garantizar el alquiler en condiciones óptimas para la estancia de los huéspedes. Los gastos de limpieza en el período de alquiler acordado correrán a cargo de la agencia comprometiéndose a devolver la vivienda en las mismas condiciones y al buen uso de la misma

¿Es necesario un contrato de exclusividad?

El propietario debe asegurar, a la firma del contrato, que la autorización de alquiler turístico de su propiedad es en exclusiva con nuestra agencia. Grupo Inmobiliario Costa Dorada no permite que la vivienda sea comercializada por otras agencias ya que esto podría ocasionar duplicado de reservas perjudicando a nuestros clientes y alterando la metodología de trabajo de la agencia  

¿Qué debo hacer con mis objetos personales?

Aconsejamos a los propietarios que retiren mobiliario, accesorios u objetos personales de gran valor. Si existen objetos que no puede o no desea transportar, debería habilitar una zona de la vivienda (armario, trastero,...) cerrada bajo llave para que los huéspedes no puedan acceder

¿Se revisa detalladamente mi propiedad a la salida de los huéspedes?

A la salida de los huéspedes se efectúa un exhaustivo control de la vivienda. El día de su llegada, el cliente entrega un depósito en concepto de fianza que se devolverá después del control y revisión final por parte de nuestro equipo. Por regla general, nuestros clientes tratan con mucho cuidado las viviendas. Eso no quiere decir que la vivienda sufra algún pequeño desgaste, hechos que pueden ocurrir igualmente si la casa la habitase usted mismo. Estudiamos cada reserva buscando un perfil de cliente familiar que cuide y respete su vivienda

¿En qué estado quedará mi vivienda al final de temporada?

Al finalizar la temporada, realizamos una revisión detallada de cada vivienda para garantizar la máxima satisfacción de nuestros propietarios. La opinión del cliente durante su estancia, nos ayudará a elaborar un informe con posibles mejoras a realizar. En caso de que éstas fueran necesarias, Grupo Inmobiliario Costa Dorada le asesorará para que su vivienda siga siendo un alojamiento idóneo para nuestros clientes 

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